Otro de los cambios tiene relación con el aumento de las facilidades para que los conductores infractores puedan realizar los pagos de las sanciones -lo que implica también una mayor facilidad recaudatoria-, ya que se amplía el plazo para pagar las multas con un 50 por ciento de descuento por pronto pago de quince a veinte días.
Como he mencionado al principio, la nueva ley abre la puerta a que se aumente la velocidad máxima a 130 Km/h en tramos específicos de vías. No obstante, en carreteras convencionales el límite se verá reducido a 90 Km/h. Por otro lado, también existe el plan de que en las ciudades se creen tramos con límites de 30 y 20 Km/h.
Prohibición de los detectores de radar
Entre los cambios cabe destacar el hecho de que los detectores de radar quedan totalmente prohibidos, aunque siguen estando permitidos los avisadores de radar. Además los agentes tendrán la posibilidad de denunciar a los infractores sin que exista la obligación de parar el coche.
Nueva cuantía de las multas por alcoholemia
Las multas por conducir bajo los efectos del alcohol con una tasa de alcohol que supere a la permitida en más del doble, para personas que se nieguen a realizar la prueba o para conductores reincidentes, pasan de quinientos a mil euros.
También se prohíbe de manera específica la conducción bajo el efecto de drogas con multa de mil euros.
Cambios sobre seguridad infantil
También se apuntan cambios en lo que respecta a la seguridad infantil ya que los agentes podrán inmovilizar aquellos vehículos que transporten niños sin el dispositivo de retención infantil homologado correspondiente, quedando totalmente prohibido que los niños viajen en la parte delantera salvo que la totalidad de las plazas traseras estén ocupadas.
Los ciclistas y la nueva ley
La nueva ley va a obligar a los ciclistas que sean menores de dieciséis años a que lleven casco en ciudad (vías urbanas), permitiendo circular en bicicleta a velocidades inferiores a los límites de velocidad mínimos en determinadas vías.
El casco es obligatorios para todos en vías interurbanas.
Sobre el atropello de animales
Algo que llama bastante la atención y que no parece tener demasiado sentido es el hecho de que el conductor siempre será el responsable si atropella a un animal de caza -actualmente solo lo es si lo ha hecho incumpliendo alguna norma de circulación-.
La ley entrará en vigor después de que se publique en el BOE y tras el desarrollo del correspondiente Reglamento que de forma y articule los distintos apartados de la nueva Ley sobre Tráfico y Seguridad.
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