En un artículo anterior ya mencioné cuales son las infracciones de tráfico que constituyen delito y que aparte de la correspondiente multa nos pueden llevar a la cárcel. En este artículo me voy a centrar en las infracciones por consumo de alcohol. En este caso constituye delito conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas cuando la tasa de alcohol en aire espirado sea superior a 0,6 miligramos por litro de sangre o cuando la tasa de alcohol en sangre sea de más de 1,2 gramos por litro de sangre.
¿Cuánto hay que beber para superar los 1,2 gr/l?
Si consumimos alcohol en ayunas, un varón de 60 Kg superará dicha tasa de alcoholemia si bebe cuatro cervezas (de tercio), cinco vinos o dos combinados y medio. Si pesase 80 Kg esto ocurriría tras ingerir cinco cervezas, siete vinos o tres combinados.
En el caso de una mujer de 50 Kg bastaría con que ésta bebiese tres cervezas, cuatro vinos o dos combinados para superar la tasa de alcohol de 1,2 gr/l. Y si pesase 70 Kg entonces los números serían de tres cervezas y media, cinco vinos o dos combinados.
¿Cómo conducimos con una tasa de alcohol de más de 1 gr/l?
Todos los estudios señalan que si nuestro cuerpo da una tasa de alcohol en sangre superior a un gramo por litro de sangre entonces:
- Nuestro comportamiento sufre cambios importantes.
- Se altera la actividad motriz.
- Se deteriora peligrosamente nuestro tiempo de reacción ante imprevistos.
- Sufrimos disfunciones en los sentidos, sobre todo en la vista y el oído.
- Se produce más fatiga, somnolencia y depresión general.
- Se altera de forma notable la percepción y la coordinación.
- Si se tiene un accidente, se suelen agravar las consecuencias. Es decir, a igual accidente hay más posibilidades de muerte.
- Cometemos más infracciones de tráfico.
¿Qué ocurre si causamos una muerte bajo los efectos del alcohol?
Tras la reforma del Código Penal en materia de Seguridad Vial, si ahora causamos un homicidio por conducción etílica, la pena mínima no será de un año de prisión, como antiguamente, sino de dos años y medio. Por lo tanto, el conductor condenado, al exceder la pena los dos años, no podrá obtener la suspensión condicional ni sustituirla por una multa o trabajos en beneficio de la comunidad, sino que tendrá que cumplir la pena en la cárcel.
Moraleja: No consumas alcohol si vas a conducir, así evitarás multas y hasta puede que la cárcel.
Ojo: Estoy hablando de las tasas de alcohol que constituyen delito, no de aquellas a las que nos puede caer una multa. Para que nos puedan multar basta conducir con una tasa de alcohol superior a 0,25 mg/l en aire aspirado. Además, superada esta tasa y sin que excedamos los 0,50 mg/l, perderemos cuatro puntos de nuestro carné de conducir. Para tasas superiores a 0,50 mg/l la pérdida sería de seis puntos.
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