Seguro que muchos de vosotros en alguna ocasión os habéis visto en la necesidad de llevar una carga indivisible que para trasportarla era necesario que sobresaliera de los límites de nuestro vehículo. En este artículo os informaremos sobre cuánto puede salir dicha carga, tanto por la parte delantera como por la trasera, sin que estemos cometiendo una infracción y nos puedan poner una multa.
En este sentido tenemos que decir que el Reglamento General de Circulación, en su artículo 15, regula las dimensiones que debe tener la carga, así como los casos y condiciones en las que dicha carga puede sobresalir de la proyección en planta del vehículo.