Son numerosos los aspectos en los que se fijan los conductores a la hora de contratar un seguro de coche, los cuales son analizados en comparadores como el de esta web especializada: https://www.rastreator.com/seguros-de-coche. Uno de ellos guarda relación con las multas de tráfico.
Hay algunos seguros de coche que incluyen una defensa aplicable a ciertos tipos de multas de tráfico, pero no todas ellas son admitidas. A continuación profundizaremos en dicho aspecto, averiguando también si esta cobertura merece o no la pena.
La aseguradora lleva a cabo el proceso de tipo administrativo
Cuando un ayuntamiento o cualquier otra entidad, incluyendo autoridades como la policía, sancionan a un conductor poniéndole una multa, existe la posibilidad de anularla si realmente se cree que no se ha cometido la infracción en cuestión. El proceso es administrativo y consiste básicamente en recurrir.
Si el seguro de coche incluye la cláusula de defensa de multas, es la propia compañía la que se encarga de presentar las alegaciones que sean oportunas, evitando así la burocracia tan tediosa que acarrean este tipo de procedimientos.
Multas de tráfico que sí son cubiertas
Es habitual pensar que los seguros de coche, al abarcar sus coberturas ciertas multas en concreto, abonan el importe de dichas infracciones. Nada más lejos de la realidad, ya que lo único que hacen es recurrir de la manera que hemos descrito en anteriores líneas. Así pues, ¿merece la pena? Lo cierto es que sí, pero es importante tener en cuenta los siguientes detalles.
En primer lugar, has de leerte las condiciones de la aseguradora por la que optes, ya que no todas aplican los mismos criterios a la hora de determinar qué multas cubrirán y cuáles no.
Por ejemplo, no sorprende que a día de hoy algunas aseguradoras no recurran las sanciones que se imponen por aparcar mal -ya sea en minusválidos, en una zona de carga/descarga o en doble fila-.
A su vez, ciertas compañías de seguros tampoco inician el proceso de las alegaciones si la sanción no alcanza una mínima cifra. Todas aquellas multas que superen el importe determinado sí serán cubiertas, pero recuerda nuevamente que la aseguradora no las pagará por ti, sino que simplemente las recurrirá.
Por otra parte, es fundamental comprender que no todos los recursos llegan a buen puerto. En ciertos casos la autoridad que en su momento puso la multa no da la razón a la aseguradora, por lo que habría que optar por una vía que nadie quiere: la judicial.
El motivo de que sea un paso que ningún conductor desea dar reside en los elevados gastos a los que hay que hacer frente, contratando no solo a un abogado, sino también a un procurador.
Las compañías aseguradoras son conscientes de ello, así que en las condiciones contractuales hacen todo lo posible por aclarar este punto: la vía judicial no forma parte de su cobertura. Solamente recurren las sanciones, pero si no son admitidas y hay que ir a juicio, a partir de ese momento es el cliente el que debe realizar los correspondientes pasos.
Aquí no termina la lista de importes que en ningún caso son cubiertos por las aseguradoras, indistintamente de cuál sea aquella que acabes contratando. A los ya comentados hay que sumar cualquier tipo de aval, una fianza e incluso los recargos que, con motivos legales, son aplicados.
Si las multas de tráfico que suelen ponerte superan una cierta cuantía y solo pretendes recurrirlas sin llegar a la vía judicial, las aseguradoras que proporcionan una defensa ante las sanciones sí son recomendables para ti, siempre y cuando tengas en cuenta las excepciones que aplican.
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