Un lector de multas de tráfico nos ha realizado un pregunta sobre la posibilidad de que nos multen si adelantamos por la derecha. En concreto ha expuesto el siguiente caso: “Suponiendo que nos encontramos en una vía interurbana de tres o más carriles, suponiendo que por el carril de en medio circula un coche a 70 Km/h, ¿sería posible rebasarle por el carril de su derecha siempre que no se exceda el límite de velocidad correspondiente?”.
Como en otras ocasiones para contestar a esta pregunta nos vamos a remitir e interpretar lo que señala el Reglamento General de Circulación.
El mencionado reglamento establece en su artículo 82.1 que en todas las vías que sean objeto de legislación sobre seguridad vial, tráfico y circulación de vehículos y automóviles, los adelantamientos deben realizarse por el lado izquierdo del vehículo que se quiere rebasar.
No obstante, el artículo 83.2 establece la siguiente salvedad: cuando la circulación es densa y los vehículos en la vía ocupan todo el ancho de la calzada y solo sea posible circular a la velocidad que nos marque el vehículo que vaya delante de nosotros, la circunstancia de que los vehículos de un carril circulen a mayor velocidad que los de otro no se podrá considerar adelantamiento. Además, dadas estas condiciones de circulación, los conductores no deberán cambiarse de carril para adelantar ni para realizar cualquier otro tipo de maniobra que no sea el posicionarse para realizar un giro a izquierda o derecha, salirse de la vía o dirigirse en una dirección determinada.
Por lo tanto, en el caso concreto que nos plantea el lector, salvo que nos encontrásemos en un caso semejante al previsto en el artículo anteriormente mencionado, la norma aplicable sería la general y prevista en el artículo 82.1 del Reglamento General de Circulación, y no podríamos adelantar al vehículo que nos precede por el carril derecho, teniendo que aminorar la marcha en caso de circular por ese carril o cambiarnos de carril y adelantarle por el de su izquierda.
Lo cierto es que es bastante normal ver que muchos conductores se ponen a adelantar por el carril de la derecha cuando este permite circular a mayor velocidad por encontrarse libre. Este tipo de conducta es peligrosa y, por supuesto, sancionable con su correspondiente multa. Los riesgos de adelantar por la derecha son evidentes debido a posibles cambios de carril de los vehículos que en ese momento circulan a menor velocidad que nosotros por nuestra izquierda, con el consiguiente peligro de colisión.
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