Hay gente que durante sus viajes por autopistas y vías de gran capacidad suele utilizar tapones de material poroso para atenuar el ruido producido por el motor y el viento, y así evitar molestias en los oídos cuando se detiene el coche. Algunos utilizan hasta orejeras. El caso es que el uso mientras conducimos de cualquier tipo de protección auditiva es ilegal y nos pueden multar por ello.
El Reglamento General de la Circulación en su artículo diecisiete exige al conductor de un vehículo o automóvil estar en todo momento en condiciones de controlarlo. Asimismo, en el artículo dieciocho, le obliga a mantener atención permanente a la conducción con el fin de garantizar su propia seguridad y la del resto de usuarios de la vía por la que circula.
Por otro lado, el Reglamento General de Conductores en su artículo cuarenta y tres, que regula las pruebas de aptitud para conseguir una autorización administrativa para conducir, señala que todo conductor de vehículo de motor o ciclomotores debe poseer y conservar en todo momento, para conducir con seguridad, las aptitudes psicofísicas y conocimientos necesarios, habilidades, aptitudes y comportamientos que le permitan, entre otros fines, manejar de forma adecuada el vehículo y sus mandos para no comprometer la seguridad vial.
Como la utilización de tapones para los oídos resta capacidad auditiva y hace imposible la audición de sonidos exteriores necesarios para discernir situaciones de peligro originadas por la circulación y, consecuentemente, poder reaccionar realizando la maniobra adecuada al darse dicha situación, podemos concluir que su uso puede perjudicar la seguridad vial y que podríamos ser sancionados con una multa.
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